Fecha de publicación 23/02/2021
Información importante sobre cortes eléctricos
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) prohibió que las distribuidoras eléctricas del AMBA le corten el servicio por falta de pago a los usuarios que reclamaron por la facturación. Para los casos donde el servicio se encontraba suspendido por falta de pago, se exigió a través del Boletín Oficial “la inmediata rehabilitación del servicio”.
Se tomó esta medida porque, según el ENRE, la mayoría de los reclamos tienen su raíz en la aplicación de Consumos No Registrados (CNR) y las distribuidoras “no respetan los requisitos” para poder aplicar dichos cargos.
¿Qué dice exactamente la Resolución 37/2021 del Boletín Oficial? Que se obliga a Edenor y Edesur a “suspender en forma inmediata y con carácter transitorio, la emisión de Notas de Débito y Liquidaciones Complementarias en los términos del artículo 5 inciso d) apartados I, II y III del Reglamento de Suministro y a abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de sumas originadas en el recupero pretendido con fundamento en dicha normativa, independientemente de si las personas usuarias hubieran generado el reclamo pertinente ante su correspondiente distribuidora o ante éste ente”.
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