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TARIFA SOCIAL: La Defensora convoca a ENTIDADES INTERMEDIAS

Fecha de publicación 01/07/2016

La Defensora del Pueblo Dra. María Celeste Vouilloud informa a todas las ENTIDADES DE BIEN PUBLICO del Partido de Vicente López que de acuerdo a la respuesta brindada por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación -Secretaria de Políticas Tarifarias- se encuentra en proceso de Reglamentación la Ley 27.218 de Entidades de Bien Público.

Asimismo nos informan que a través de dicho Ministerio en la actualidad se otorga una tarifa diferencial que dispone la Ley en los servicios de gas natural y energía eléctrica, a todas las ENTIDADES DE BIEN PUBLICO que lo soliciten y que cumplan con los extremos previstos por la normativa (* ver requisitos).

En una reunión llevada a cabo el 22 de junio en el Ministerio de Energía la Defensora del Pueblo local, Dra. María Celeste Vouilloud, le manifestó al Ministro de Energía Ing. Aranguren -tal como lo había hecho en la nota ingresada al Ministerio con fecha 30/05/2016, la cual diera origen al expediente N° 232986/2016-, su preocupación ante la falta de reglamentación de la legislación vigente en materia del Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público. El Sr. Ministro ante la requisitoria se manifestó conforme a reglamentar la ley comprometiendo a su área de competencia a que en tres semanas se concretaría la misma.

Por lo expuesto y hasta tanto se reglamente la legislación vigente, la Defensora del Pueblo convoca a todas las ENTIDADES DE BIEN PUBLICO del Partido de Vicente López a presentarse en nuestras oficinas ubicadas en Mariano Pelliza 1401 2º Piso de lunes a viernes de 07.30 a 17hs,  con la finalidad de plantear las correspondientes EXCEPCIONES ante quien corresponda.

*Documentación a adjuntar al momento del inicio del expediente.

  1. 3 últimas facturas de servicio.
  2. 3 últimos balances.
  3. Acta de designación de autoridades y Comisión Directiva.
  4. Comprobante de reconocimiento legal.
  5. Copia Estatuto.
  6. Nota en hoja con membrete de la Institución detallando las actividades que realiza la misma con los siguientes requisitos:
  • Domicilio.
  • Correo electrónico.
  • Teléfonos.
  • CUIT.

      7. Folletería de la Entidad en el caso de contar con ella (optativo).

 

Posteriormente se le entregará a cada Entidad los formularios requeridos por los Entes Reguladores -para los casos de suministro de agua y gas- que deberán ser suscriptos por el representante de cada entidad que tendrá carácter de Declaración Jurada.

 

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